Aunque al entregar las llaves de su inmueble usted crea que se lo arrendó a una persona responsable, puede encontrarse con que su inquilino resulta no ser cumplido, “buena paga” o no cuidar su vivienda. ¿qué debe hacer en estos casos? A continuación le explicamos:
En primer lugar, existe una legislación especial para que tanto arrendadores como arrendatarios tengan claras las reglas de juego a la hora de pactar términos y definir condiciones. Teniendo esto claro, hay diferentes razones para dar por terminado un contrato de arrendamiento
- Retraso en el pago del arriendo o, si es el caso de propiedad horizontal, el pago de la administración. En este caso, se incumple el contrato cuando se vence el plazo para pagar el canon de arrendamiento, este plazo es el que se fije en el contrato.
- Cuando se hacen modificaciones al inmueble sin autorización del arrendador.
- Cuando se irrumpe en la convivencia con los vecinos.
- Cuando se cede el contrato de arrendamiento sin permiso del arrendador, o el inmueble es habitado por personas ajenas al arrendatario.
De acuerdo con lo anterior, si hay incumplimiento, el contrato de arrendamiento se puede dar por terminado de inmediato, sin previo aviso, y sin que se tenga que darle plazos al arrendador para desocupar el inmueble. Así mismo, si el inquilino se niega a devolver el inmueble, el arrendador puede acudir a un juez civil y presentar una demanda. Si el juez ordena la devolución del inmueble, se debe solicitar un proceso ejecutivo para ordenar el pago.
Sin embargo, se recomienda terminar el contrato en buenos términos, siempre y cuando el inquilino tenga voluntad de pagar, y que el arrendador concilie con el arrendatario, o llegar a un acuerdo privado con él para el pago del arrendamiento.
Finalmente, es importante que tenga en cuenta que el aviso de la terminación del contrato no tiene ninguna formalidad especial, pero se recomienda hacerla por escrito por medio de una carta, que pueda servir de prueba en posibles procesos judiciales para recuperar el inmueble.